martes, 12 de abril de 2011

Jovenes y Estudiantes por la defensa y fortalecimiento del poder adquisitivo del pueblo trabajador

La JCV convoca a los jóvenes y estudiantes del país a sumarse a la lucha por conquistar una política integral de defensa y fortalecimiento del poder adquisitivo del pueblo trabajador.
La Comisión Ejecutiva Nacional de la JCV (CEN)  en su reunión ordinaria semanal realizada el miércoles 6 de abril, acordó  impulsar una intensa agenda de actividades de agitación política dirigida a involucrar a los diferentes sectores de la juventud y estudiantes venezolanos en la lucha de la clase trabajadora por la conquista de una política integral de defensa y fortalecimiento de su poder adquisitivo.

Estas acciones están orientadas a continuar fortaleciendo los vínculos de articulación y lucha conjunta de las fuerzas juveniles y estudiantiles con la Clase Obrera Venezolana, con miras a la gran movilización del pueblo trabajador el próximo 1 de mayo. La JCV promoverá  la toma de los centros de trabajo e impulsará jornadas de discusión en los espacios universitarios del país acerca de las principales propuestas que sobre esta materia levanta el Partido Comunista de Venezuela y su Juventud.

Así mismo la CEN, avanzo en los preparativos de la primera fase de la Campaña Nacional de Formación “Nelson López” a desarrollarse del 16 al 19 de abril en la ciudad de Maracay y que tiene como principal objetivo sentar las bases para el nacimiento de las Escuelas Básicas de Formación para militantes y afiliados de la JCV en todos los Estados del País.

A continuación reproducimos la propuesta para avanzar en una Política Integral de Defensa del Poder Adquisitivo del pueblo Trabajador, construida por el PCV y que será enviada al Ejecutivo Nacional, a la Asamblea Nacional (AN) y a la Unión Nacional de Trabajadores (UNETE).

1.- Incremento del Salario Mínimo Nacional (SMN) de un 40%* y ajustes salariales porcentuales, con las siguientes escalas:

Desde 1 salario mínimo ----- 40% (1 SMN: 1.223,89 pasa a 1.713 BsF)
Desde 2 salarios mínimos ----- 35% (2 SMN: 2.447,78 pasa a 3.304 BsF)
Desde 3 salarios mínimos ----- 30% (3 SMN: 3.671,67 pasa a 4.773 BsF)
Desde 4 salarios mínimos ----- 25% (4 SMN: 4.895,56 pasa a 6.119 BsF)
Desde 5 salarios mínimos ----- 15% (5 SMN: 6.119 pasa a 7.037 BsF)
Desde 6 salarios mínimos ------ 10% (6 SMN: 7.343 pasa a 8.077 BsF)
Desde 7 salarios mínimos en adelante ----- 5% (7 SMN: 8.567 pasa a 8.995 BsF)
(*Las pensiones se incrementarán en la misma proporción que el incremento del SMN)

2.- Discusión y suscripción de las convenciones colectivas pendientes en los sectores público y privado.

En el sector público: el gobierno nacional instruirá a todos los organismos y empresas públicas para que reciban los proyectos de convenciones colectivas e inicien las discusiones.

En el sector privado: el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social (MINPPTRASS) facilitará los procesos, admitirá y procesará los pliegos de peticiones que presenten las organizaciones sindicales y ejercerá medidas de sanción a los patronos privados que se nieguen a cumplir con la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) en este aspecto.

En el caso de las organizaciones sindicales cuyas juntas directivas tengan los períodos vencidos y no hayan convocado elecciones, se facilitarán los procesos electorales sindicales a solicitud de la Junta Directiva ó de un porcentaje de sus trabajadores(as) afiliados(as), quienes acudirán a las inspectorías del Trabajo para solicitar autorización para convocar y organizar las elecciones de acuerdo a los estatutos de tales organizaciones, sin requerir participación del CNE, generándose desde ese momento la inamovilidad colectiva establecida en la LOT.

3.- Control de costos, ganancias y precios:

1) Congelación temporal de precios de los productos y servicios de consumo masivo, en todas las cadenas productivas y de comercialización, sujetas a la evaluación de sus reales estructuras de costos;

2) Establecer tasas máximas de ganancias, previo estudio de la realidad de las diversas cadenas productivas y de comercialización;

3) Establecer el Precio Máximo de Venta al Público (PMVP) de todos los bienes y servicios de primera necesidad, en aplicación severa y consecuente de la vigente Ley para la Defensa de las personas en el Acceso a los Bienes y Servicios.

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